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Lista de control del modelo 210
No te decimos cuánto pagas. Te decimos qué te falta.
Once preguntas, un minuto. Al final sabrás si estás obligado a declarar, qué documentos te faltan y qué tiene de particular tu caso. Ninguna cifra: el importe depende de datos que solo salen de tu recibo del IBI y de tu escritura.
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Marca lo que sea cierto en tu caso
Lo que el modelo 210 pedirá desde 2027
El impreso cambia. La Orden HAC/623/2026, de 12 de junio, modifica el modelo 210, y el modelo nuevo se aplica a toda autoliquidación presentada a partir del 1 de enero de 2027, sea cual sea el ejercicio al que corresponda la renta.
Aparecen dos casillas nuevas, «N.º de días» y «Cuota participación», para indicar los días en que el inmueble estuvo a disposición del contribuyente o arrendado y el porcentaje de titularidad. En el apartado «Situación del inmueble» aparece una «Clave de referencia catastral», con dos valores: inmueble con referencia catastral e inmueble sin ella. Y para los inmuebles arrendados o subarrendados se añade un anexo de desglose de gastos deducibles.
Por eso esta lista pregunta ya por esos datos. Ninguno de ellos se improvisa el día de la presentación, y tres de ellos (la referencia catastral, los días y las facturas) no se recuperan hacia atrás si nadie los ha guardado.
Por qué no hay ninguna cifra aquí
Porque el importe del modelo 210 depende del valor catastral, de si ese valor ha sido revisado y cuándo, del porcentaje de titularidad, de los días de tenencia y de si hay alquiler. Un simulador que ignore uno solo de esos datos da un número creíble y falso.
Un número falso no es un problema jurídico (esta página no es asesoramiento y lo dice) sino un problema de confianza: el día que tu declaración real no coincida con lo que te dijo una página web, ya no volverás a esa página web.
Lo que este servicio NO es
Esto es una lista de comprobación, no un dictamen ni un cálculo. Ordena lo que tú marcas, con las reglas generales del impuesto sobre la renta de no residentes. No sustituye a una gestoría ni a un asesor fiscal, no conoce tu caso y no ha visto tus papeles. No somos abogados y esto no es asesoramiento jurídico ni fiscal.
Preguntas sobre este servicio
¿Tengo que declarar aunque la casa esté vacía todo el año?
Sí. La obligación no depende de que alquiles: depende de que seas propietario de un inmueble en España sin residir fiscalmente aquí.
Somos dos propietarios. ¿Basta con una declaración?
No. Cuando un inmueble tiene varios propietarios, cada uno presenta su propia declaración por su parte.
¿Guardáis lo que marco?
No. Todo ocurre en tu navegador. Nada se envía a ningún servidor y no queda nada escrito cuando cierras la página.
¿Cambia el modelo 210 en 2027?
El impreso sí. Toda autoliquidación presentada desde el 1 de enero de 2027 usa el modelo nuevo de la Orden HAC/623/2026, con las casillas de número de días y cuota de participación, la clave de referencia catastral y un anexo de desglose de gastos para los inmuebles arrendados.
Fuentes oficiales
Última verificación de esta página: 4 de septiembre de 2026
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