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¿Cuánto pagarás de sucesiones o donaciones en la Comunitat Valenciana?
Con la bonificación autonómica, si te corresponde.
La Comunitat Valenciana aplica una bonificación propia que puede dejar la cuota en casi nada entre padres, hijos y cónyuges, y en mucho más entre hermanos, tíos o sin parentesco. Aquí ves cuál es tu caso, con cifras, antes de llamar a nadie.
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Cómo se calcula, exactamente
Se parte del valor del bien o de la parte heredada o donada: es la base imponible. A esto se le resta la reducción que te corresponde por tu grupo de parentesco (Ley 29/1987, art. 20, y Ley 13/1997 de la Comunitat Valenciana, art. 10): el resultado es la base liquidable.
A la base liquidable se le aplica la tarifa del impuesto (art. 21 Ley 29/1987), por tramos y no de golpe: el resultado es la cuota íntegra. Luego se multiplica por un coeficiente que depende de tu patrimonio previo y de tu grupo de parentesco (art. 22).
Si eres cónyuge, hijo, padre o abuelo (grupos I y II), la Comunitat Valenciana aplica después una bonificación del 99 % sobre esa cuota (Ley 13/1997, art. 12 bis, introducida por la Ley 6/2023, con efectos desde el 28/05/2023). En una donación, exige escritura pública presentada dentro de plazo. Desde el 1 de junio de 2026, hermanos, sobrinos y tíos por sangre (grupo III) tienen una bonificación propia del 25 % (art. 12 bis.2, Ley 5/2025); un cuñado o un suegro, del mismo grupo fiscal pero por afinidad, no la tiene.
Vivas donde vivas, si el bien está en la Comunitat Valenciana puedes aplicar esta misma normativa autonómica en vez de la estatal: lo permite la disposición adicional segunda de la Ley 29/1987, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 03/09/2014, que obligó a España a tratar igual a residentes y no residentes.
Lo que este servicio NO es
Esto es un simulador, no una declaración ni un consejo fiscal. No calcula cargas, deudas deducibles, el ajuar doméstico, reducciones por discapacidad ni la reducción por vivienda habitual o empresa familiar, que pueden cambiar la cuota real. No presentamos el impuesto de sucesiones y donaciones ni actuamos como representantes ante Hacienda: preparamos, clasificamos y traducimos los papeles, y lo que exige la firma de un profesional colegiado lo dice esta página, para que lo contrates tú directamente. No somos gestoría ni despacho de abogados.
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Hablamos español, inglés, neerlandés, alemán y francés.
Preguntas sobre este servicio
¿Esto sustituye a mi gestor o a mi abogado?
No. Es una estimación para saber, antes de llamar a nadie, si el caso es sencillo o si hace falta ayuda de verdad. La liquidación real la presenta un profesional, con los papeles exactos delante.
¿Qué es el grupo de parentesco?
La ley agrupa a los herederos o donatarios en cuatro grupos según su cercanía con quien deja o dona el bien: de hijos menores de 21 años (grupo I) a quien no tiene ningún parentesco (grupo IV). Cuanto más lejano el grupo, menor la reducción y mayor el coeficiente.
Soy sobrino, hermano o tío. ¿Tengo bonificación?
Desde el 1 de junio de 2026, un 25 % si el parentesco es por sangre. Un cuñado o un suegro, aunque paga lo mismo que un hermano o un sobrino, no tiene esta bonificación: es por afinidad, no por sangre.
Vivo fuera de España. ¿Puedo aplicar esta bonificación igual?
Si el bien está en la Comunitat Valenciana, sí: desde la sentencia europea de 2014 la normativa autonómica se aplica igual a residentes y no residentes, sea tu país de residencia la Unión Europea o no.
¿Por qué mi caso real puede salir distinto a este número?
Porque este simulador no resta deudas, cargas, el ajuar doméstico ni las reducciones por discapacidad, vivienda habitual o empresa familiar. Todo eso baja la cuota real por debajo de esta estimación, nunca la sube.
¿Qué hacéis vosotros exactamente?
Reunimos y traducimos los papeles que pide la liquidación, te explicamos cada carta que llega y te decimos qué falta. La firma ante la Agencia Tributaria Valenciana, si tu caso la necesita, la pone un gestor o un abogado: te decimos cuál y por qué.
Fuentes oficiales
Última verificación de esta página: 4 de septiembre de 2026
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