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¿Cuánto pagas en el modelo 210 como propietario no residente?

Renta imputada y alquiler, con el tipo que te toca.

Si tienes una vivienda en España y no resides aquí, Hacienda te imputa una renta aunque no alquiles y te cobra un impuesto sobre ella. Escribe tu valor catastral y cuántos días fue tuya: ves la cifra y los plazos al momento.

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Cómo se calcula

Aunque no alquiles, el propietario no residente de una vivienda en España tributa por una renta imputada: el valor catastral del recibo del IBI por el 1,1 % o el 2 %, proporcional a los días de propiedad y a tu parte. El 1,1 % vale si el valor catastral de tu municipio se revisó mediante una valoración colectiva de carácter general en el año o en los diez anteriores; si no, el 2 %. Para 2023, 2024 y 2025 la AEAT aplicaba además el 1,1 % a los municipios revisados desde el 1 de enero de 2012. No se deduce ningún gasto.

El tipo es el 19 % si resides en la UE, Islandia, Noruega o Liechtenstein, y el 24 % en el resto de países, incluido el Reino Unido (texto refundido de la Ley del IRNR, art. 25, y la propia AEAT).

Si además alquilas la casa, los alquileres tributan aparte: el 24 % sobre el ingreso íntegro si resides fuera de la UE, sin deducir gastos, y el 19 % sobre el ingreso menos los gastos justificados si resides en la UE (art. 24.6). Los días de alquiler no cuentan para la renta imputada.

Los plazos cambiaron con la Orden HAC/623/2026: la renta imputada de 2026 se presenta del 1 de abril al 31 de diciembre de 2027, y los alquileres de 2026 en declaración anual agrupada, del 1 al 20 de abril de 2027.

Lo que este servicio NO es

Esto es un simulador, no una declaración ni un consejo fiscal. No contempla inmuebles en construcción, aprovechamiento por turnos, usufructos ni los casos que la AEAT excluye de la imputación, y no calcula las ganancias patrimoniales de una venta. Nosotros no presentamos el modelo 210 ni actuamos como tu representante ante Hacienda: preparamos, ordenamos y traducimos los papeles, y esta página te dice cuándo hace falta la firma de un profesional para que lo contrates tú directamente. No somos gestoría ni despacho de abogados.

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Hablamos español, inglés, neerlandés, alemán y francés.

Preguntas sobre este servicio

¿Qué es la renta imputada?

Es una renta que Hacienda presume por el solo hecho de tener una vivienda a tu disposición, aunque no la alquiles ni te la dé nadie: un porcentaje del valor catastral, en proporción a los días y a tu parte.

¿Quién paga el 19 % y quién el 24 %?

Pagan el 19 % los residentes en la UE, Islandia, Noruega y Liechtenstein. El resto, incluidos los británicos, paga el 24 %.

¿Puedo deducir gastos?

En la renta imputada, nunca. En el alquiler, solo si resides en la UE, Islandia o Noruega y puedes justificarlos; si no, tributas por el ingreso íntegro.

¿Cuándo se presenta el modelo 210?

La renta imputada de 2025 se presenta hasta el 31 de diciembre de 2026, y la de 2026, del 1 de abril al 31 de diciembre de 2027. Los alquileres de 2026 en declaración anual agrupada, del 1 al 20 de abril de 2027.

¿Presentáis vosotros el modelo 210?

No. Preparamos el dossier, clasificamos los datos y traducimos lo que haga falta. La presentación la hace un profesional que firme, y la contratas tú directamente.

Última verificación de esta página: 4 de septiembre de 2026

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