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Las guías

La primera declaración de la renta cuando acabas de hacerte residente

El primer año se declara todo, también lo que cobras fuera.

Tienes la TIE o el certificado de la Unión, estás empadronado y pasas aquí la mayor parte del año. Lo que casi nadie te dice es que, desde ese momento, Hacienda española espera de ti una declaración de la renta que incluye lo que cobras en tu país.

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Por qué esta declaración no se parece a la que hacías antes

Mientras eras no residente, España solo te pedía cuentas por lo que tenías aquí: la casa, a través del modelo 210. Al convertirte en residente fiscal cambias de impuesto. Pasas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y la declaración anual se llama modelo 100.

La diferencia de fondo es el alcance. La ley del IRPF grava la totalidad de tus rendimientos, ganancias y pérdidas, sin importar dónde se generen. Tu pensión del Reino Unido, los intereses de una cuenta en Alemania o el alquiler de un piso en Bélgica entran en la conversación, aunque luego un convenio decida quién cobra el impuesto.

Quién tiene que presentarla

La obligación de declarar depende de tus ingresos: su tipo, su cuantía y de cuántos pagadores vienen. La ley fija unos umbrales por debajo de los cuales no hay que declarar, pero cambian con los años y con el tipo de renta, y aplicarlos bien a ingresos extranjeros no es evidente. Por eso no los copiamos aquí.

Dos ideas te bastan para empezar. La primera: quien recibe pensiones o rentas de fuera rara vez encaja en los casos sencillos en que no hay que declarar. La segunda: aunque no estés obligado, declarar puede convenirte, por ejemplo si te han retenido de más. Lo prudente el primer año es que alguien mire tus ingresos completos antes de decidir.

Cuándo se presenta

La declaración se refiere a un año natural y se presenta en la primavera del año siguiente. Para la Renta 2025, la Agencia Tributaria fijó el plazo del 8 de abril al 30 de junio de 2026, y la domiciliación del pago hasta el 25 de junio de 2026.

Las fechas se fijan de nuevo cada año. Para la Renta 2026, compruébalas en la sede de la Agencia Tributaria cuando se publiquen, y no cuentes con que serán idénticas. Si llegaste a España a mitad de año, mira con cuidado qué año es tu primer año de residente: de eso trata nuestra guía sobre la residencia fiscal.

Las pensiones extranjeras y los convenios

Que una renta se declare en España no significa que España la grave. Si tu país tiene un convenio para evitar la doble imposición con España, el convenio dice qué Estado puede gravar cada tipo de ingreso. Lo que no evita nunca es tener que informar bien de lo que cobras.

El caso clásico es el británico. El convenio entre España y el Reino Unido dice, en su artículo 17, que las pensiones pagadas a un residente de un Estado solo se gravan en ese Estado. Pero el artículo 18 aparta las pensiones pagadas por el Estado británico, o por sus entidades locales, por servicios prestados a ese Estado: esas, en principio, solo las grava el Reino Unido, salvo que la persona sea a la vez residente y nacional de España. Una pensión de la función pública y la pensión estatal no siguen la misma regla, y confundirlas es el error más repetido.

Lo mismo vale para otros países con reglas propias en su convenio. Antes de declarar, hay que saber qué es exactamente cada pensión que cobras, quién la paga y por qué.

Cl@ve, Renta WEB y el borrador

La declaración se hace en línea, con Renta WEB, desde la sede de la Agencia Tributaria. Para entrar necesitas identificarte: con Cl@ve, con un certificado electrónico o con un número de referencia. Si vas a declarar cada año, Cl@ve o el certificado te ahorran trámites también fuera de la renta.

La Agencia Tributaria te prepara un borrador con los datos que tiene. Ese borrador solo conoce lo que le han comunicado en España: bancos españoles, pagadores españoles, el catastro. Tus pensiones e ingresos extranjeros casi nunca aparecen. Confirmar el borrador sin añadirlos es presentar una declaración incompleta.

Conjunta o individual, y qué reunir

Si estás casado, la ley permite que la unidad familiar presente una sola declaración conjunta en lugar de dos individuales. Ninguna opción es mejor en general: depende de los ingresos de cada uno. Renta WEB permite comparar las dos antes de presentar.

Antes de empezar, reúne: tu NIE y el de tu cónyuge; los certificados anuales de cada pensión, con el importe bruto y lo retenido en origen; los extractos de intereses y dividendos de cuentas extranjeras; los datos de cualquier inmueble que tengas, aquí o fuera; y las referencias catastrales de tus casas en España. Con los documentos en otro idioma, conviene tener la traducción preparada por si te la piden.

Si no la presentas

No presentar una declaración obligatoria no hace desaparecer el impuesto. La Agencia Tributaria intercambia información con muchas administraciones extranjeras, y una pensión de fuera acaba apareciendo. Cuando eso ocurre, lo normal es un requerimiento, recargos por presentar tarde y, según el caso, una sanción.

Presentar tarde por tu cuenta, antes de que te lo pidan, suele salir mejor que esperar al requerimiento. Si te das cuenta de que te falta un año, muévete pronto.

Lo que esta guía no puede decirte

Si estás obligado a declarar este año, cuánto vas a pagar, si tu pensión concreta se grava aquí o en tu país, y si te conviene la conjunta. Todo eso depende de tus certificados de pensión, de tu convenio y de las fechas exactas de tu llegada.

Nosotros reunimos tus papeles, traducimos lo que haga falta y seguimos el expediente hasta el final. Un asesor fiscal colaborador calcula, firma y presenta tu declaración.

Preguntas frecuentes

Solo cobro una pensión de mi país. ¿Tengo que declarar en España?

Depende de la cuantía y del tipo de pensión, y de lo que diga tu convenio. Aunque la pensión acabe gravándose fuera, lo prudente el primer año es comprobarlo con alguien que vea el certificado de la pensión.

Mi pensión es de funcionario británico. ¿La grava España?

Según el artículo 18 del convenio entre España y el Reino Unido, las pensiones pagadas por servicios prestados al Estado británico se gravan, en principio, solo en el Reino Unido, salvo que seas residente y nacional español. La pensión estatal sigue otra regla.

¿Puedo confirmar el borrador sin más?

Solo si recoge todos tus ingresos. El borrador no conoce casi nunca las rentas extranjeras, así que, si las tienes, hay que añadirlas antes de presentar.

¿Necesito Cl@ve para declarar?

Necesitas una forma de identificarte: Cl@ve, certificado electrónico o número de referencia. Cl@ve o el certificado son lo más práctico si vas a tratar con la Administración a menudo.

Última verificación de esta página: 4 de septiembre de 2026

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