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Para quien acaba de vender siendo no residente

Devolución de la retención del 3 % al vender

El comprador se quedó el 3 %, y hay un plazo para recuperarlo

Si vendiste una casa en España sin ser residente, el comprador retuvo el 3 % del precio y lo ingresó en Hacienda a tu nombre. Ese dinero es un anticipo, no un impuesto: si ganaste poco, o perdiste, vuelve. Pero sólo si se pide, y a tiempo.

Qué incluye

  • La cuenta de tu ganancia real: precio de compra, precio de venta y todo lo que la ley deja restar.
  • La caza de los gastos deducibles que casi nadie guarda: notaría, registro, impuesto de la compra, comisión de agencia, obras con factura.
  • El justificante del modelo 211 que presentó el comprador, localizado, porque su código va en tu declaración.
  • El expediente completo, con el cálculo hecho y los documentos numerados, listo para la gestoría.
  • El calendario escrito de tu plazo y el aviso cuando entre en su último mes.

Por qué esto importa ahora

El texto refundido de la Ley del IRNR obliga al comprador a retener el 3 % del precio cuando el vendedor es no residente, y le da un mes para ingresarlo con el modelo 211. El vendedor tiene después TRES MESES, contados desde que ese mes termina, para declarar la ganancia con el modelo 210 y pedir lo que sobre. Cuatro meses en total desde la firma. Es un plazo corto para reunir facturas de hace quince años, y por eso se pierde dinero: no por la ley, por el archivo.

Lo que este servicio NO es

No presentamos declaraciones. Quien firma y presenta tu modelo 210 es una gestoría o un asesor fiscal colegiado, y te dice su tarifa antes de empezar. Nosotros montamos el expediente y hacemos la cuenta, que es donde está el dinero: un gasto deducible olvidado cuesta más que cualquier honorario. Tampoco adivinamos: si no aparece la factura, no la inventamos, y te decimos qué se puede pedir por duplicado y dónde.

Preguntas sobre este servicio

Vendí con pérdidas. ¿Recupero todo el 3 %?

En principio sí: si no hubo ganancia, no hay impuesto que pagar y la retención se devuelve entera. Hay que demostrarlo con los dos precios y los gastos, y hay que pedirlo. Hacienda no lo devuelve sola.

¿Cuánto tarda Hacienda en devolver?

Meses, y a veces más de un año. No damos una fecha porque no depende de nosotros ni de tu gestoría. Lo que sí depende de ti es presentarlo dentro de plazo y bien documentado: un expediente flojo es lo que provoca el requerimiento que alarga todo.

Ya pasó el plazo. ¿Se perdió?

No necesariamente. Existe la vía de la devolución de ingresos indebidos y hay plazos más largos, pero es terreno de un asesor fiscal y no de un expediente. Te lo diremos con claridad en vez de cobrarte por intentarlo.

Última verificación de esta página: 4 de septiembre de 2026

Responsable del contenido Sullivan Benedetto · Torrevieja (Alicante), España

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