Volver al inicio

Antes de encargar, saber qué NO hay que traducir

Traducción jurada y apostilla de La Haya

La mitad de lo que te mandan traducir no hace falta

Cada trámite pide sus papeles, y casi nadie te dice cuáles de ellos hay que traducir de forma jurada, cuáles basta con apostillar y cuáles se aceptan tal cual. Se traduce de más por si acaso, y el «por si acaso» se paga por página.

Qué incluye

  • El dictamen escrito: documento por documento, si necesita traducción jurada, apostilla, las dos o ninguna.
  • Qué organismo exactamente lo va a pedir, y qué formato acepta: papel, PDF firmado o copia simple.
  • Presupuesto en firme de un traductor jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
  • La gestión de la apostilla de La Haya de tus documentos, cuando el país que los emitió la exige.
  • El orden correcto: apostillar primero y traducir después, porque al revés hay que repetir el gasto.

Por qué esto importa ahora

En España sólo tiene validez oficial la traducción hecha por un traductor jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, y la lista de esos traductores es pública y gratuita. La apostilla, por su parte, viene del Convenio de La Haya de 1961 y sólo se pone en el país que emitió el documento — no se puede poner aquí. Estas dos reglas explican casi todos los expedientes que vuelven: se tradujo con quien no debía, o se tradujo antes de apostillar.

Lo que este servicio NO es

No somos traductores jurados y no traducimos nada nosotros: no podríamos firmarlo, y un documento firmado por quien no está en la lista del Ministerio no vale. Lo que vendemos es el dictamen — qué hace falta y qué no — y la gestión. La traducción la factura el traductor, a su tarifa, y te la enseñamos antes de encargar nada. Si resulta que no necesitas ninguna traducción, te lo diremos y ahí acaba el gasto.

Preguntas sobre este servicio

¿No es más barato traducirlo todo y ya está?

No. La página de traducción jurada se movía entre 40 € y 70 € más IVA en el mercado que medimos el 06/09/2026, con un mínimo de 45 € a 65 € por documento corto. Cuatro documentos que no hacían falta son doscientos euros. El dictamen cuesta 39 €.

¿Puedo apostillar aquí un documento inglés?

No, y es el error más común. La apostilla la pone la autoridad del país que emitió el documento. Un certificado de nacimiento británico se apostilla en el Reino Unido, no en Alicante. Nosotros te decimos ante qué oficina y con qué formulario.

Mi documento es de un país que no está en el Convenio de La Haya.

Entonces no hay apostilla: hay legalización consular, que es más larga y pasa por el consulado español de ese país y por Asuntos Exteriores. Te montamos el recorrido, pero te avisamos del plazo antes de empezar, no después.

Última verificación de esta página: 4 de septiembre de 2026

Responsable del contenido Sullivan Benedetto · Torrevieja (Alicante), España

Cuéntanos tu caso en cinco líneas

Te contestamos el mismo día laborable, en tu idioma. Y si tu caso no es para nosotros, te lo decimos y te decimos a quién acudir.