Las preguntas, una por una
¿Cuándo se presenta el modelo 210?
Depende de si alquilas. Y desde las rentas de 2026, las dos fechas se han ido a abril.
El modelo 210 nunca ha tenido una sola fecha: tiene dos, según lo que hagas con la casa. Lo que sí es nuevo es que las dos se han desplazado, y que la de enero ya no existe.
Si la casa está vacía: la renta imputada
Una vivienda que no se alquila declara igual, y lo que declara se llama renta imputada. Para las rentas devengadas hasta 2025, el plazo era todo el año natural siguiente: se podía presentar desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, y mucha gente lo hacía en enero para quitárselo de encima.
Para las rentas devengadas desde 2026, la ventana ya no se abre en enero: va del 1 de abril al 31 de diciembre del año siguiente. La renta imputada de 2026 se presenta, por tanto, entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2027.
Si la casa se alquila: los rendimientos
Desde las rentas de 2024, el alquiler se agrupa una vez al año en lugar de trimestre a trimestre. Para 2024 y 2025, esa declaración anual se presentaba del 1 al 20 de enero del año siguiente.
Para las rentas devengadas desde 2026, la ventana es del 1 al 20 de abril del año siguiente: el alquiler de 2026 se declara del 1 al 20 de abril de 2027. Son veinte días naturales, y no vuelven. Quien alquila unas semanas y tiene la casa vacía el resto del año está en las dos situaciones a la vez, con dos plazos que ahora empiezan el mismo día.
Qué ha cambiado, y a quién le va a coger a contrapié
El cambio lo trae la Orden HAC/623/2026, de 12 de junio, publicada en el BOE el 23 de junio de 2026. Mueve a abril tanto la apertura de la campaña de renta imputada como los veinte días del alquiler.
Al que peor le sienta es al propietario ordenado: el que lleva años presentando en enero, nada más pasar las Navidades. En enero de 2027 no habrá nada que presentar por las rentas de 2026, y quien lo interprete como «este año no me toca» se encontrará el plazo del alquiler cerrado el 21 de abril.
Estas fechas se comprobaron el 6 de septiembre de 2026 contra la sede electrónica de la Agencia Tributaria y contra el BOE; las dos fuentes están al pie de esta página. Lo que seguimos sin poner es el importe, porque depende del valor catastral, de si se ha revisado, de tu porcentaje de titularidad y de los días de tenencia.
Fuentes oficiales
Última verificación de esta página: 4 de septiembre de 2026
Responsable del contenido Sullivan Benedetto · Torrevieja (Alicante), España
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